sábado, 3 de abril de 2021

La justicia y los derechos fundamentales se van por el desagüé

Cada día que pasa de este inconstitucional estado de alarma decretado por un gobierno que día a día va mostrando su talante comunista, y por tanto autoritario, van surgiendo nuevas actuaciones en las que se les va viendo el plumero

La última, y digna de un país dictatorial, en el que no se respetan los derechos de los ciudadanos, es la “patada en la puerta” dada por la policía para acceder a un domicilio donde supuestamente (el artículo de 24 de la Constitución referente a la Presunción de inocencia también lo obviaron) se estaba cometiendo una falta administrativa.

Pues bien, mal que les pese, España todavía es un Estado de Derecho Democrático en el que se han de acatar las Leyes, y nuestra Constitución establece en el punto segundo del artículo 18:

“Artículo 18. 2. El domicilio es inviolable. Ninguna entrada o registro podrá hacerse en él sin consentimiento del titular o resolución judicial, salvo en caso de flagrante delito”.

Si analizamos los supuestos por los que la policía podía haber accedido a la vivienda, nos encontramos que no se cumplió ninguno, y por tanto el acceso fue ilegal, de modo que toda prueba o hecho constatado es nulo de pleno derecho.

-        Consentimiento del titular. No existió.

-       Autorización judicial. No cabe al ser actuaciones administrativas, por lo que esta no existió.

-        Flagrante delito. No se trataba de infracciones penales, sino administrativas.

Esto nos lleva a la triste y lamentable conclusión, típica de un país bananero, de que la policía entra en tu casa a la fuerza si montas una fiesta, pero si el que la hace es un Okupa, entonces no entra, ya que por lo visto, quien no es propietario de una vivienda tiene más derechos sobre esta que su legítimo dueño.

Aquí está la imagen de la vergüenza, que demuestra la profunda crisis de nuestros derechos fundamentales, en plena democracia.


Tras está imagen que hemos visto de forma repetida en nuestros televisores y móviles, no está de más leer el siguiente artículo sobre las sentencias contrarias a la patada en la puerta y sobre la doctrina del fruto del árbol envenenado.

https://www.vozpopuli.com/espana/lavabo-tienda-campana-patada-puerta.html

https://confilegal.com/20210328-que-es-y-en-que-consiste-la-doctrina-del-fruto-del-arbol-envenenado/

Para terminar con tanto dislate jurídico, nos encontramos con la sentencia de la Audiencia de Barcelona que ha estimado el recurso de la tenista Arancha Sánchez Vicario y se declara incompetente para entender de su divorcio remitiendo las actuaciones a Miami y revocado la sentencia que dictó, en marzo de 2019, el juzgado nº 2 de Esplugues de Llobregat en favor de Josep Santacana.

Vista la sentencia, su contenido me genera demasiadas dudas, sin hablar de la inseguridad jurídica (dos españoles casados en Cataluña y con unas capitulaciones matrimoniales firmadas y validas ¿Qué se tienen que divorciar en Miami?), sobre la objetividad de la Audiencia al dictar esta sentencia, y quienes conocen el caso saben a que me estoy refiriendo.
Debe ser que los conceptos básicos sobre la competencia territorial en el Derecho Español los tengo muy olvidados.

Poco a poco este gobierno terminará eliminando la independencia del poder Judicial, y eliminará todos nuestros derechos de un plumazo sometiéndonos a sus dictados y su voluntad, eliminando la democracia e instaurando un gobierno comunista, esto es, totalitario, como el de sus amigos Chavistas y castristas.

Si no reaccionamos a tiempo, habremos luchado 43 años por una transición democrática ejemplar que este gobierno eliminará de un plumazo.

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